Derecho civil · Bogotá y todo el país
En civil casi todo tiene fecha de vencimiento. Empecemos por ahí
Un contrato incumplido, un arrendatario que no paga, un daño que le causaron, un lote que posee hace años. Son asuntos distintos con una cosa en común: un plazo corriendo, y casi nadie sabe cuál es el suyo.
Primero revisamos si el plazo sigue abierto
Si su acción ya prescribió, se lo decimos en la primera conversación y ahí termina.
Cuéntenos el caso
Le respondemos dentro del horario de oficina.
Lo primero que miramos es el reloj
Antes de estudiar quién tiene la razón hay que saber si todavía se puede reclamar. Es la pregunta más barata de responder y la que más casos cierra de entrada. La Ley 791 de 2002 recortó a la mitad los plazos largos del Código Civil, y mucha gente sigue calculando con los términos viejos.
Diez años
La acción ordinaria: la que se usa para pedir la resolución de un contrato, el cumplimiento o la indemnización de perjuicios. Antes eran veinte.
Cinco años
La acción ejecutiva, la de cobrar con un título que ya presta mérito. Vencidos los cinco se convierte en ordinaria y dura otros cinco, no más.
Diez o cinco años
Para adquirir por prescripción: diez en la extraordinaria, cinco en la ordinaria sobre bienes raíces. Cuál le aplica depende de cómo entró usted al predio.
Y hay plazos cortos
En arrendamiento comercial, el desahucio para no renovar exige seis meses de antelación. Perderlo renueva el contrato entero. No todo se mide en años.
El plazo se puede interrumpir, pero no de cualquier forma. Reclamar por WhatsApp, mandar correos o llamar no detiene la prescripción. La interrumpen actuaciones concretas —la presentación de la demanda, el reconocimiento de la deuda por el propio obligado— y por eso conviene consultar antes de dejar pasar otro año «insistiendo».
De qué nos ocupamos
Arrendamientos
Restitución del inmueble cuando no pagan o no entregan, incremento del canon, terminación del contrato y las causales que de verdad sirven.
Incumplimiento de contratos
Compraventas, promesas, obras, prestación de servicios. Resolver el contrato o exigir que lo cumplan: hay que escoger, y la elección lo condiciona todo.
Responsabilidad civil
Cuando el daño lo causó otro: accidentes, obras vecinas, negligencias. Qué se prueba, qué se indemniza y qué no se paga nunca.
Prescripción adquisitiva
Convertir en escritura una posesión de años. Y la pregunta previa: ¿usted es poseedor o solo tenedor? De eso depende todo.
Lo que no se tramita aquí
Preferimos decirlo antes de que usted escriba, porque son asuntos que llevamos en otra parte y con otro equipo:
- Cobro de facturas, pagarés y cheques. Eso es cobro de cartera, y tiene su propio procedimiento.
- Si el que debe es usted y ya le embargaron, lo que corresponde mirar es insolvencia de persona natural, no una defensa civil suelta.
- Herencias, alimentos, custodia y unión marital van en abogadosdefamilia.co. El divorcio, en divorciorapidoencolombia.com.
Cómo trabajamos
Primero, los documentos
En civil gana quien tiene el papel. Contrato, recibos, certificado de tradición, comunicaciones. Pedimos todo antes de opinar, porque una opinión sobre el relato no vale nada.
Segundo, qué se pide
Muchas demandas se pierden por pedir mal, no por tener mal derecho. Resolución o cumplimiento, restitución o indemnización: son caminos que se excluyen.
Tercero, cuánto vale llegar
Un proceso civil tiene costos y tiempo. Si lo que se discute no los justifica, se lo decimos y buscamos un acuerdo, que suele dejar más.
Y todo virtual
Desde la Ley 2213 de 2022 la justicia digital es permanente: demandas, poderes y audiencias en línea. Atendemos igual desde otra ciudad o desde otro país.
Antes que nada revisamos si su plazo sigue abierto. Si ya prescribió, se lo decimos y ahí termina.
Revisar mi plazoPreguntas frecuentes
Lo que más nos preguntan
¿Cuánto tiempo tengo para demandar?
La regla general de la acción ordinaria son diez años, y cinco la ejecutiva. Pero hay plazos especiales mucho más cortos en materias concretas, y el punto desde el cual se cuentan no siempre es el que uno cree: a veces corre desde el incumplimiento y a veces desde que la obligación se hizo exigible. Es lo primero que revisamos.
Tengo todo hablado por WhatsApp, ¿eso sirve como prueba?
Sirve, y en más casos de los que la gente imagina: los mensajes son documentos y se valoran como tales. Lo que no sirve es llegar con capturas sueltas y desordenadas. Guarde las conversaciones completas, sin editar, y no borre el chat: la cadena entera vale mucho más que el mensaje que a usted le parece decisivo.
¿Cuánto dura un proceso civil?
Depende del despacho y de si la otra parte se defiende o no aparece. Un ejecutivo simple puede resolverse en meses; un ordinario con pruebas controvertidas y apelación se mide en años. Le damos un rango realista al estudiar el caso, no el mejor escenario posible.
¿Vale la pena demandar por una suma pequeña?
Muchas veces no, y se lo decimos. Entre honorarios, gastos del proceso y tiempo, hay reclamaciones que cuestan más de lo que recuperan. En esos casos lo sensato es una gestión de acuerdo bien hecha, con un documento que después se pueda ejecutar si lo incumplen.
Vivo fuera de Colombia, ¿puedo llevar un proceso desde allá?
Sí. Se otorga poder ante el consulado de Colombia o ante notario local con apostilla, y con la Ley 2213 de 2022 la actuación virtual es la regla. Lo que sí conviene es tener a alguien en el país para conseguir documentos originales cuando el juzgado los exija.
Quién responde por esta área
Dra. Valeria Castro
Abogada · Facultad Universitaria de Colombia, diplomado en resolución de conflictos de la ESAP
Trabaja en controversias contractuales, derecho civil y conciliaciones. Precisa redactando documentos y disciplinada en el seguimiento de cada caso.
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Cuéntenos qué pasó y desde cuándo. Lo primero que miramos es si el plazo sigue abierto: si ya prescribió, se lo decimos de una vez y no le cobramos por intentarlo.
Esta página tiene fines informativos y no constituye asesoría legal. Los plazos y las acciones que aquí se explican dependen de los hechos y de los documentos de cada caso.